El Diario de la República (equivalente al Boletín Oficial del Estado) publicó el pasado 25 de septiembre la orden referente a la “designación de los miembros de la Comisión del Estatuto del Profesional de Enología (CEPE)” que se encargará de otorgar el Título Profesional de Enólogo en Portugal.
El mandato, firmado por el secretario de Estado de Agricultura y Alimentación, Luis Medeiros Vieira, se deriva de la Ley 59/2019, de 5 de agosto, que aprobó el Estatuto Profesional de Enología, en el que se establece la necesidad de crear una comisión, constituida por cinco miembros, designados por el responsable del Gobierno del área de Agricultura para la atribución del título profesional del enólogo.
En este sentido, además de la presidenta de la Associação Portuguesa de Enologia (APE), Alexandra Manuela da Silva Mendes, forman parte de la Comisión el presidente del Instituto da Vinha e do Vinho, I. P. (IVV, I. P.), así como José Maria d’Orey Soares Franco, António Américo da Rocha Graça y Mario Jorge Caldeira Andrade.
Funciones del enólogo
En opinión de fuentes de la Associação Portuguesa de Enologia, la ley define las funciones del profesional de la enología, de forma bastante completa, desde la tecnología vitícola a la tecnología enológica, pasando por la legislación del sector… En el artículo 5, epígrafe C, de la Ley 59/2009, se especifica que el enólogo deberá tener una formación superior que le confiera grado académico de licenciado y cuyo ciclo de estudios contenga una serie de mínimos establecidos en unidades curriculares. El título profesional de enólogo es concedido por la citada Comisión del Estatuto del Profesional de Enología, que en determinados casos excepcionales, debidamente justificados, también puede otorgarlo.
Trámite para la obtención del Título Profesional
Todos los interesados en la obtención del Título Profesional de Enólogo en Portugal, de acuerdo con los requisitos legalmente establecidos, deben dirigir su solicitud, con la documentación justificativa del respectivo currículum, así como toda la información necesaria a efectos de lo dispuesto en el artículo 5.º y en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley, de 5 de agosto, a la Comisión del Estatuto del Profesional de Enología y enviarlo a la APE o al IVV, I.P. preferentemente por correo electrónico geral@apenologia.pt o presidencia@ivv.min-agricultura.pt, respectivamente, o igualmente por correo postal a la dirección de las instituciones ya indicadas:
Associação Portuguesa de Enologia
Att.Prof. Jorge Ricardo da Silva
Instituto Superior de Agronomia
Tapada da Ajuda
1349-017 Lisboa
Presidente do Conselho Diretivo
Bernardo Gouvêa
Instituto da Vinha e do Vinho,I-P.
Rua Mouzinho da Silveira,5
1250-165 Lisboa